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Se promulgó la ley que prohíbe el ingreso a eventos masivos y casinos a deudores alimentarios

Se publicó en el Boletín Oficial la norma que modifica el régimen del Registro de Deudores Alimentarios.

26 Oct, 2026, 11:11 AM

El Gobierno Provincial formalizó la promulgación de la Ley N° 11.326, a través del Boletín Oficial Nº 28.443, dando curso definitivo a un nuevo marco normativo que endurece las medidas contra los morosos alimentarios e introduce modificaciones sustanciales que restringen el acceso a actividades de ocio, espectáculos tarifados y salas de juego para quienes figuren en dicho registro.

 

Cabe recordar que la iniciativa recibió media sanción en noviembre del año pasado en Diputados y alcanzó la sanción definitiva en octubre de este año tras su aprobación en el Senado.

 

Para operativizar el control en el territorio, la ley ratificada señala que "a tal fin, los Municipios adheridos a esta ley, informarán a los organizadores de los eventos de éste requisito, quienes deberán solicitar el certificado registral”.

 

A su vez, la promulgación alcanza de forma directa al sector del entretenimiento y las apuestas y establece que “las Salas de Juego y Casinos de la Provincia de Entre Ríos deberán prohibir la entrada a quienes se encuentren en el Registro de Deudores Alimentarios”.

 

En cuanto a su aplicación efectiva en las casas de azar, la medida promulgada contempla una articulación institucional específica: "La implementación se hará de forma progresiva y conjuntamente entre el I.A.F.A.S o el organismo que en un futuro lo reemplace y las autoridades del mencionado Registro”.

 

Tras la firme sanción del Poder Legislativo y su posterior promulgación por el Ejecutivo provincial, la norma detalla que "la forma de implementación se realizará por reglamentación de los organismos intervinientes según cada caso”. (APFDigital)

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