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Cambios en la Ley: deudores alimentarios no podrán ingresar a eventos deportivos o culturales

Se suman también las salas de juegos y casinos. El Senado entrerriano dio sanción definitiva al Proyecto de Ley que incorporó el artículo 12 bis y 12 ter.

14 Oct, 2026, 21:26 PM

La iniciativa presenta dos cambios: la incorporación del artículo 12 bis que prohíbe el ingreso de deudores a eventos deportivos y culturales; y el artículo 12 ter a la Ley Nº 9.424 que inhabilita el ingreso de deudores a Salas de Juego y Casinos.

 

En el marco de la 15° Sesión Ordinaria, los senadores dieron sanción definitiva al proyecto de Ley de autoría de la diputada Arrozogaray y los diputados Deccó, Moreno, Stratta y Seyler, por el que se añade artículos a la Ley Nº 9424 de creación del Registro de Deudores Alimentarios.

 

De acuerdo al texto que obtuvo dictamen, una de las novedades es la incorporación del artículo 12 bis que prohíbe el ingreso de deudores a eventos deportivos y culturales. Para llevar a cabo el procedimiento, los Municipios adheridos a esta ley, informarán a los organizadores de los eventos de éste requisito, quienes deberán solicitar el certificado registral.

 

El otro cambio es la inclusión del artículo 12 ter que inhabilita el ingreso de deudores a Salas de Juego y Casinos de la provincia. La implementación se hará de forma progresiva y conjuntamente entre el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (Iafas)

 

Fuente: APF

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