El juez de Trabajo de Gualeguaychú, Javier Frosch, explicó en RADIO MÁXIMA los cambios en las leyes laborales que ya rigen en la Argentina, pero advirtió que todavía faltan reglamentaciones de algunos puntos.
El magistrado reconoció que los aspectos relacionados a la reforma laboral, aún generan dudas permanentes en los estudios contables, en relación a su aplicación inmediata.
Aunque algunos aspectos de la ley ya se implementaron, otros requerían de una reglamentación adicional que finalmente se dio a conocer el 26 de septiembre pasado. “Es todo muy reciente y genera estas dudas, por eso la prudencia en la interpretación de la ley”, expresó el magistrado.
Uno de los puntos importantes de esta reforma es el fondo de cese de empleo. Frosh manifestó que esto no reemplaza a la tradicional indemnización por despido, sino que se incorpora como una nueva forma de prever situaciones que requieran compensación, como la terminación de la relación laboral, sufrir una incapacidad o en casos de fallecimiento del trabajador.
El magistrado explicó que “lo que hace es mantener la clásica indemnización del artículo 245, por antigüedad, y a partir de allí, todas las que hagan referencia al artículo 245 pueden ser sustituidas por el fondo de cese de empleo”. Aunque aclaró que "todavía no podemos hacer una proyección sobre si esto es mejor o no, que la indemnización por antigüedad, establecida en el artículo 245, porque no se han llevado adelante las convenciones colectivas de trabajo ni establecido los parámetros de cómo se implementará".
Frosh se refirió además, a un cambio en el artículo 142, que introduce la presunción de injuria grave, en algunas situaciones de reclamos laborales.
El magistrado detalló que la ley considera que existe injuria grave “cuando afecta la libertad de trabajo de quienes no adhieren a una medida de fuerza, por intimidaciones o amenazas; o cuando se impida u obstruya, total o parcialmente, el ingreso de personas, terceros; o cuando existan daños a personas o cosas de la empresa”
"A partir de ahora existe una presunción que debemos aplicar a futuro (…) Se impone al grupo de trabajadores o autores de este tipo de medidas que demuestren que no cometieron daños, no intimidaron o amenazaron al resto de las personas", afirmó Frosh y afirmó que este punto, fue uno de los más polémicos en la etapa previa a la sanción de la ley.
Finalmente, se refirió a la figura que permite la contratación de colaboradores sin generar una relación de dependencia laboral directa con el empleador. En esta línea Frosh aclaró que, “todo lo que simule una relación de trabajo, sigue siendo alcanzado por el efecto de la nulidad de un acto fraudulento” y aseguró que “esto no es una oportunidad para encubrir relaciones de trabajo”.
La ley permite la incorporación de hasta tres colaboradores. Estas contrataciones excluyen a las asociaciones civiles sin fines lucro.
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