El abogado Martín Nass, del Estudio Deguerrín, remarcó en RADIO MÁXIMA, la importancia de que los afiliados a prepagas y obras sociales conozcan sus derechos y los hagan cumplir. La Justicia ha fallado a celeridad en favor de los pacientes cuando el médico tratante indica la necesidad. Frente al desconocimiento de este proceder, “hay pacientes oncológicos que han pasado dos meses sin recibir su medicación”, lamentó el abogado.
Martín Nass señaló que “todas las personas tienen derecho a recibir la prestación que su médico le indica, por lo cual tenemos derecho a presentar un reclamo, sea por una medicación o por una internación”. En estos casos la respuesta de la Justicia “suele ser rápida y efectiva”.
“Hay pacientes oncológicos que han pasado dos meses sin recibir su medicación, o pacientes que han sufrido un ACV y necesitan internación domiciliaria y no se la cubren”. Ante estos casos, Nass remarcó que el incumplimiento es cada vez más frecuente. “Se escudan en la falta de fondos”, expuso, “la cuestión es que la gente no recibe los medicamentos que necesita (…) Con diferentes excusas le van recortando el derecho a la salud. Estas complicaciones hacen que sea un pesar, tanto para el paciente, como para la familia”, señaló el abogado, quien agregó que existe en los afiliados, cierto temor a avanzar frente a las prestadoras del servicio, sin embargo aclaró que “hemos visto en la experiencia, que una vez que la persona presenta un recurso de amparo, después las prepagas u obras sociales están con un poco más de cuidado de ese paciente, sabiendo que es una persona que está en conocimiento de sus derechos”, indicó.
Nass explicó que el reclamo inicial se debe realizar a la prestadora de salud, mediante una nota administrativa “dándole un plazo de 48 horas para que responda y dé la cobertura. Si no contesta, o contesta por la negativa, la persona queda habilitada a presentar el amparo”.
“Una vez presentado el amparo, tanto la Justicia federal, como la Justicia ordinaria es muy rápida y falla a favor de la prestación. Se tiene muy en cuenta la opinión del médico tratante, si indica una prestación de salud, la prepaga tiene la obligación de cumplirla. Judicialmente eso se hace cumplir”, afirmó.
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