CÁNCER

04 de Julio de 2022

Recibirán apoyo las familias con un niño o joven afectado por cáncer

El diputado provincial Juan Manuel Huss, autor del proyecto de Ley Felipe en la provincia, destacó la aprobación de la ley nacional de oncopediatrí­a, que establece apoyo a familias que deban asistir a un integrante afectado por cáncer. La Ley Felipe será complementaria de la Ley nacional de oncopediatrí­a

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“La Ley Felipe es complementaria de la nueva ley nacional, que es un espaldarazo, era muy necesaria”, destacó en RADIO MÁXIMA el diputado Huss, quien anticipó que en breve llegará el pedido para que la Provincia se adhiera a la nueva norma.

“La ley nacional modifica la ley de contrato de trabajo, ya que toda persona podrá acompañar a su hijo en caso de necesidad. Nosotros con la Ley Felipe en la provincia no podríamos hacer eso, por eso proponíamos solo apoyo para los empleados del Estado provincial. La nueva ley abarca al universo de los trabajadores”, explicó.

Agregó que “la ley de oncopediatría y la Ley Felipe son complementarias, son urgentes, necesarias. Ahora iremos por la ley provincial, que prevé situaciones similares, pero otras propias que hacen a la idiosincrasia de Entre Ríos. Creo que tenemos que ir más allá de lo que establece la ley de oncopediatría”.

Juan Manuel Huss recordó que cuando trabajó en el tema, conoció a una niña de Concordia que tenía leucemia, y ella le dijo que quería ver a su hermanito que hace tiempo no veía. “La ley de oncopediatría no prevé el traslado de personas más allá de padre, madre o tutores, pero la Ley Felipe sí establece lo de acercar al núcleo familiar, que es importante para la criatura. Creo que las leyes son complementarias, y los Estados provinciales pueden avanzar aun más”.

La Ley Felipe, de la provincia, que establece acompañamiento para familiares de niños o adolescentes con cáncer, se encuentra en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados de Entre Ríos. La ley de oncopediatría nacional ya fue aprobada por el Senado Nacional. Huss explicó que participarán del tema varias áreas nacionales y provinciales, y también municipales.

“Estamos cambiando el paradigma. De una asistencia, a un derecho, y a hablar de justicia social”, definió el legislador provincial, quien reveló que “hablamos con el gobernador, que estaba muy interiorizado del tema”.

 

*LEY DE ONCOPEDIATRÍA

*El dictamen especifica que el Sistema Público de Salud, las obras sociales y las prepagas deberán brindar al niño, niña y adolescente con cáncer una cobertura del ciento por ciento en las prestaciones para las prácticas de prevención, promoción, diagnóstico, terapéutica y todas aquellas tecnologías que pudieran estar directa o indirectamente relacionadas con el diagnóstico oncológico.

*También se determina -además- que el Estado nacional deberá otorgar una asistencia económica equivalente al monto de la Asignación Universal por Hijo con discapacidad.

*Mientras dure el tratamiento, la autoridad de aplicación, a través del organismo que corresponda, debe otorgar a los niños, niñas y adolescentes con cáncer estacionamiento prioritario en zonas reservadas y señalizadas para los vehículos que los trasladen.

*También gratuidad en la utilización del transporte público y transporte colectivo terrestre de acuerdo a lo establecido por la ley de protección integral de las personas con discapacidad y, para los pacientes con familias en situación de vulnerabilidad social, se adoptarán planes y otras medidas de asistencia.

*También se deberá garantizar el acceso a una vivienda adecuada o la adaptación de la vivienda familiar a las exigencias que su condición les demande.

*En caso de tratarse de niños, niñas o adolescentes con tratamiento ambulatorio y deban trasladarse y permanecer junto a su grupo familiar a más de 100 kilómetros de su lugar de residencia se garantizará a la familia el acceso a un subsidio habitacional para afrontar los gastos de locación de vivienda.

*Además uno de los progenitores o representantes legales de un niño, niña o adolescente que padezca cáncer tendrá licencias especiales sin goce de haberes durante el plazo que figure en la prescripción del médico tratante del paciente oncopediátrico.

*Durante la licencia, la persona en relación de dependencia percibirá de la ANSES las asignaciones correspondientes y una suma igual a la retribución que le corresponda al período de licencia.

 
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