Tras una denuncia recibida en la Dirección de Ambiente sobre la tenencia de bidones de Glifosato en un comercio en la zona norte de la ciudad, se procedió a su decomiso e infracción al comercio.
El procedimiento tuvo lugar en la mañana del viernes 5 de abril, luego de un llamado a la línea 105 de Vigilancia Ambiental que alertó sobre la tenencia de bidones de Glifosato en un comercio ubicado en la zona norte de la ciudad sobre la avenida Primera Junta.
A raíz de dicha denuncia personal de la dirección de Ambiente se dirigió al establecimiento en cuestión, constatándose la presencia de ocho bidones del producto Glifosato de 20 litros cada uno, por lo que se labró un acta, se infraccionó al comercio y se secuestró el producto. El material decomisado quedará bajo custodia de la municipalidad en el depósito de las oficinas de la dirección de Ambiente.
Glifosato Cero
Cabe recordar que en el mes de abril del año pasado se aprobó en el Concejo Deliberante la ordenanza N° 12.216/18. La ordenanza en su primer artículo prohíbe en todo el ejido de la localidad de San José de Gualeguaychú el uso, aplicación, expendio, almacenamiento, transporte, comercialización y venta del producto llamado en forma general "Glifosato" y aquellas formulaciones que lo contengan.
En su segundo artículo establece que la Dirección de Ambiente, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social y Salud, la Dirección de Inspección General y la Dirección de Tránsito, dependientes de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, son los órganos de aplicación y control.
La prohibición no admite ningún tipo de excepciones de ninguna índole y, más allá de las penas que correspondan por el código de faltas municipal, establece las siguientes sanciones específicas para quien incumpla con lo establecido en la presente ordenanza:
a)- A quien o quienes incumplan lo normado por el Artículo 1° de la presente en cuanto a uso y aplicación, se les decomisarán los productos y se aplicará una multa de 500 UTM. En caso de reincidencia se decomisará y corresponderá una multa de 1000 UTM a modo de sanción, incrementándose la misma en futuras ocasiones de manera gradual al doble de la última sanción.
b)- A quien o quienes incumplan lo normado por el Artículo 1° de la presente en cuanto a almacenamiento, expendio y venta, se les decomisarán los productos y se les aplicará una multa de 500 UTM. En caso de reincidencia corresponderá decomiso, multa de 1000 UTM y la clausura preventiva del establecimiento donde se detecte dicha violación.
Denuncias
Aquellos vecinos que detecten situaciones irregulares pueden realizar sus denuncias tanto en el 105 (vigilancia ambiental) o llamando a Inspección General al 423399
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