CON VETO PARCIAL

23 de Diciembre de 2019

El Gobierno promulgó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva

Se otorgará un incremento salarial a los empleados privados a partir de enero a cuenta de futuros aumentos. Planes para deudas tributarias de Pymes. Aumento de las retenciones a granos, carnes, leche en polvo, lana y otros productos. Reitegro del IVA a jubilados de la mí­nima y AUH. Texto definitivo de la nueva ley.

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Esta tarde, de acuerdo con lo que había anticipado horas antes el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, el Gobierno Nacional publicó un suplemento del Boletín Oficial del día de la fecha, donde se da cuenta de la promulgación efectiva de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

El Decreto de promulgación firmado por el presidente Alberto Fernández y todos sus ministros, lleva el número 58 y consta de cuatro artículos y en el primero de ellos, el Presidente Fernández vetó una frase del artículo 52° de la nueva ley, referida a la cuestión de las retenciones a los combustibles en relación con las regalías que reciben las provincias petroleras.

El artículo vetado por el titular del Poder Ejecutivo dice textualmente:

“Obsérvase en el artículo 52 del Proyecto de Ley registrado bajo el N° 27.541 la frase que dice ‘En ningún caso el derecho de exportación de hidrocarburos podrá disminuir el valor Boca de Pozo para el cálculo y pago de regalías a las provincias productoras’”.

De inmediato, en el artículo 2° del Decreto de promulgación se lee: “Con la salvedad establecida en el artículo 1°, cúmplase, promúlgase y téngase por Ley de la Nación el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 27.541”.

  • Que dice el texto definitivo

RETENCIONES

El Congreso facultó al Ejecutivo con la posibilidad de aumentar los derechos de exportación en tres puntos porcentuales para determinados productos agropecuarios y a establecer “mecanismos de segmentación y estímulo” para pequeños productores y cooperativas que serán alcanzadas por las mismas.

El Gobierno podrá incrementar las retenciones al poroto de soja hasta 33%, mientras que los cereales como el maíz y el trigo podrían llegar hasta 15%. Las carnes, la leche en polvo, la lana y otras producciones, hasta el momento tributan 9%, aunque el Ejecutivo podría llevarlas hasta el tope de 15%.

DÓLAR TURISTA

Desde ahora, realizar compras con tarjeta de crédito en el exterior o comprar divisa para atesoramiento será 30% más caro: el denominado “dólar turista” cotizará en torno a los 82 pesos. Además, se mantendrá el límite de 200 dólares mensuales para los ahorristas, tal como rige desde la instauración del cepo. La medida alcanza también a las distintas plataformas que operan en dólares en el país, como Netflix o Spotify.

Una de las modificaciones que se incluyó durante el debate, es que los gastos previos a la promulgación de la ley no serán alcanzados por el impuesto. Otro de los cambios fue que los pasajes interurbanos a países limítrofes –realizados desde ciudades fronterizas- no pagarán el 30%.

MOVILIDAD JUBILATORIA

Se suspende por 180 días del sistema de ajuste para las jubilaciones, vigente desde marzo de 2018, cuyos cálculos se realizaba en base a la inflación (70%) y la Remuneración Imponible para el Trabajador Estable (30%). A cambio, el Gobierno otorgará dos bonos de $5.000 (el primero, tal como ya se anunció, será el 27 de diciembre; el otro en enero) para quienes perciban el haber mínimo de 14.068 pesos y hasta un tope de 19.067 pesos. Abarca a unos 4.500.000 de jubilados y pensionados. Resta saber qué ocurrirá en febrero, ya que en marzo y en junio los reajustes serán por decreto y por una suma fija.

En cuanto al IVA, se reemplaza la rebaja a cero de la alícuota en alimentos básicos por un reintegro para jubilados que perciben el haber mínimo hasta un tope de 700 pesos por mes.

ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO

Se pagará a todos los beneficiarios un adicional de 2.000 pesos en diciembre y enero. En cuanto al IVA, y al igual que con los jubilados que perciben haberes mínimos, se reemplaza la rebaja a cero de la alícuota en alimentos básicos por un reintegro a los beneficiarios de la AUH, hasta un tope de 700 pesos por mes.

PYMES Y SALARIOS PRIVADOS

Se fija un plan de regularización de deudas tributarias vencidas al 3 de noviembre, con hasta en 120 cuotas para las pymes. Se condonan los intereses hasta el 100% y, si se paga al contado, habrá una quita del 15% en el capital.

Se dispone un aumento salarial para empleados privados, que será decretado por el Gobierno y que rondaría entre los 5 y los 8.000 pesos a cuenta de futuras paritarias. Sería para los sueldos más bajos, a cobrar desde enero.

TARIFAS

En otro de los artículos, se faculta al Ejecutivo a mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estén bajo “jurisdicción federal” con precios congelados por 180 días e iniciar un proceso de renegociación de la revisión tarifaria vigente. Por otra parte, se dispuso la intervención administrativa del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), por un año.

Acceda al texto definitivo de la Ley 27.541 y al Decreto 58:

https://www.boletinoficial.gob.ar/suplementos/2019122301S.pdf

 
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