El abogado afirmó que no se cumple una Acordada del STJ del 2017 que impide que personas imputadas estén alojadas más de 30 días en dependencias policiales y que su defendido huyó por su "necesidad de consumir" ante una falla de seguridad de la Departamental de la Policía
Pablo Di Lollo, abogado defensor de Genaro Gutiérrez, dijo en RADIO MAXIMA que el joven está en proceso de abstinencia y por eso sufrió una descompensación, y el sábado por la noche frente a un fallo de seguridad en el edificio de la Departamental. “Su único objetivo era consumir”, remarcó Di Lollo.
El abogado mencionó sobre el hecho que “la versión de lo acontecido la tengo por parte del imputado y su madre y el dice que el motor de su fuga fue la necesidad de consumir –recordemos que está en proceso de abstinencia desde el 8 de junio- y que durante la tarde del sábado había advertido a la guardia de la Alcaidía que se sentía mal, estaba descompuesto y pidió que lo llevaran al hospital pero el personal policial hizo caso omiso a esa solicitud. Por la noche, cuando queda solo se da cuenta que la puerta de su celda estaba sin candado y ahí es cuando se fuga para ir y consumir, que fue lo que hizo”.
El defensor de Gutiérrez puntualizó que “ahora bien, una vez que él encuentra la puerta de la celda abierta prácticamente, para lograr llegar al exterior de la Jefatura Departamental, tuvo que atravesar otros sectores del edificio, lo cual demuestra que hubo un fracaso de los mecanismos de seguridad. La Constitución prohíbe tener presos preventivos alojados en dependencias policiales y, en este caso concreto sobre los dos últimos pedidos de prisión preventiva para Gutiérrez, pedí expresamente que fuera ingresado en una Unidad Penitenciaria"
Di Lollo detalló que "se ofició a los dos establecimientos penales de Gualeguaychú, al de Concepción del Uruguay y al de Gualeguay. En todos los casos la respuesta fue que no había plaza disponible para alojarlo ni tampoco había lugares especiales para personas imputadas a espera de juicio”
Según explicó Di Lollo, “hay una Acordada del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) que está vigente desde 2017 que dispone que las personas imputadas no pueden permanecer alojadas en dependencias policiales más allá de los 30 días y que pasado ese lapso deben ser trasladadas a una unidad Penitenciaría. La Acordada del STJ no se cumple”.
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