CONFLICTO

23 de Agosto de 2019

Rodrí­guez Signes: "Las medidas sobre el IVA y Ganancias son inconstitucionales, Macri no las puede tomar por decreto"

El Fiscal de Estado de Entre Rí­os explicó los pasos que se estudian para reclamar a Nación por las medidas económicas

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Julio Rodríguez Signes

 

El Fiscal de Estado de la provincia, Julio Rodríguez Signes, consideró que el planteo de inconstitucionalidad y una medida cautelar serían los pasos jurídicos que deberían seguir los Gobernadores para reclamar a la Nación ante las medidas económicas adoptadas que perjudicarán los ingresos provinciales al eliminar el IVA en varios productos y establecer mejoras en Ganancias, que son impuestos coparticipables a las provincias por lo cual verían disminuidos sus ingresos.

En ese sentido, Rodríguez Signes precisó que “en el plano legal hay dos aspectos, uno de fondo y otro de forma. El de fondo es que estos impuestos, Ganancias e IVA, son coparticipables, es decir, forman parte de los tributos que recauda la AFIP y que se distribuyen entre la Nación un porcentaje y las provincias otro porcentaje; y después la coparticipación secundaria entre las provincias”.

Añadió que todo esto “está regulado jurídicamente y se llama derecho intrafederal, el cual se conforma través de leyes convenio: primero firman convenio los gobernadores con la Nación, después la Nación eleva al Congreso un proyecto de ley, el Congreso lo trata y las provincias lo ratifican por leyes provinciales. Lo que hizo el Poder Ejecutivo fue modificar los tributos por decreto, cuando ni siquiera lo podían hacer por una ley común, sino que había que hacerlo por ley convenio, como se hicieron todos los pactos fiscales”.

En cuanto al aspecto de forma, Rodríguez Signes indicó que “procesalmente es competencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los caminos procesales son distintos”. A su entender, en este caso correspondería “la acción de inconstitucionalidad, que es un tipo de proceso donde lo que se cuestiona justamente es la contradicción entre lo que dice la Constitución y lo que dicen los decretos, porque son dos; y probablemente con alguna medida cautelar”.

En el caso de Entre Ríos, Rodríguez Signes mencionó que “la Nación tiene muchas deudas con la provincia. Por ejemplo, el sistema carcelario, ya que las unidades penales de la provincia alojan detenidos del fuero federal y por convenio la Nación tendría que pagar eso y no lo está pagando; deudas del IAPV, de Vialidad; es decir, hay muchos rubros en los cuales la Nación está adeudando importantes sumas de dinero a la provincia”. Sobre ello, hizo notar que como las demandas son individuales de cada provincia, la que interponga Entre Ríos podría incluir también estas deudas.

Finalmente, el funcionario consideró que “los decretos son manifiestamente inconstitucionales. Cualquier juez -no necesita ser miembro de la Corte Suprema- se da cuenta que esto no se puede hacer por decreto. En principio, toda cuestión tributaria corresponde al Congreso de la Nación, y al Poder Ejecutivo solamente reglamentarla, pero establecer los tributos es competencia del Congreso. Ni siquiera lo puede hacer el Poder Ejecutivo por vía de decreto de necesidad y urgencia”.

FUENTE  APF

 
Asociacion Mutual Frigorifico Gualeguaychú

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