PEDERASTIA CLERICAL

21 de Mayo de 2018

El cura Ilarráz fue condenado a 25 años de prisión efectiva

El fallo unánime del Tribunal encontró al sacerdote autor responsable de 7 delitos de abuso y corrupción agravado de menores y dispuso que permanezca en prisión domiciliaria hasta que quede firme la sentencia

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El cura Ilarraz (sentado, a la izquierda), en el momento de la lectura de la sentencia

 

El Tribunal compuesto por Alicia Vivian, Gustavo Pimentel y Carolina Castagno resolvió por unanimidad, este lunes en Paraná, condenar al sacerdote Justo José Ilarráz a 25 años de prisión efectiva al considerarlo "autor material y responsable de los delitos de corrupción de menores agravada por ser encargado de la educación" y del delito de "abuso deshonesto agravado por ser el encargado de la educación". La pena fue la misma que solicitaron los Fiscales Francisco Ramírez Montrull y Álvaro Piérola, como así también la querella en representación de las víctimas. Asimismo los Magistrados dispusieron que, hasta tanto la sentencia quede firme, el cura permanecerá en prisión domiciliaria en una vivienda de Paraná y que deberá ser controlado con una tobillera o pulsera electrónica por la Policía de Entre Ríos. El 1° de junio se dará a conocer la Sentencia completa a partir de las 8 de la mañana.

Las juezas Vivian, Castagno y el magistrado Pimentel, antes de leer el fallo resolutorio informaron que “en función de lo que ha sido la pauta de conducta de este Tribunal, desde el inicio del debate, ha sido mantener el anonimato de cada una de las víctimas en preservación de identidades y derecho a resguardar su intimidad. En base a ello, el fundamento se va a conocer exclusivamente con la sentencia y aquí se va a dar sólo la parte resolutiva”. Acto seguido, la Presidenta del Tribunal, Alicia Vivian comunicó la resolución por unanimidad, que expresa lo siguiente:

“PRIMERO. No hacer lugar a los planteos de vulneración de principios de congruencia y prescripción de la acción penal, formulados por la defensa”.

“SEGUNDO. Declarar a Justo José Ilarráz y las demás condiciones personales consignadas en Autos, autor material y responsable de los delitos de: Promoción a la corrupción de menores, agravado por ser encargado de la educación. Hechos primero, segundo, cuarto, quinto y séptimo; y abuso deshonesto agravado por ser encargado de la educación en los hechos tercero y sexto en concurso real, en calidad de autor. Por ende, condenarlo a la pena de 25 años de prisión de cumplimiento efectivo y accesorias legales”.

“TERCERO. Fijar las costas del Juicio a cargo del imputado”.

“CUARTO. Hacer lugar al pedido de prisión preventiva del condenado Justo José Ilarráz bajo la modalidad de arresto domiciliario, hasta tanto la presente adquiera firmeza, la que se hará efectiva a partir del día de la fecha y en consecuencia, revocar la excarcelación que oportunamente se le concedió. Cúmplase la medida en el domicilio fijado en autos (en Paraná NdR), vivienda de la que no podrá salir sin Orden Judicial, bajo apercibimiento de revocarse éste beneficio”.

QUINTO. Líbrese Oficio al Servicio Penitenciario de la Provincia de Entre Ríos, a los fines de proveer los medios suficientes (tobillera o pulsera electrónica NdR) para el control de la medida, quedando alojado en Alcaidía de Tribunales hasta el cumplimiento de estos recaudos”.

FUENTES ANALISIS - TELAM

 
Gobierno Entre Ríos - PONETE EN MODO SEGURO

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