ELEVACIÓN A JUICIO

02 de Febrero de 2018

Pedirán prisión efectiva para Sergio Urribarri, Pedro Báez y Juan Pablo Aguilera

Causa de la vaca: en el requerimiento de elevación a juicio, adelantaron que pedirán 8 años de prisión efectiva para Sergio Urribarri, Pedro Báez y Juan Pablo Aguilera

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Juan Pablo Aguilera en Tribunales

 

Este viernes, el Ministerio Público Fiscal (MPF) elevó a juicio la “causa de la vaca” en la cual se investigan negociaciones incompatibles con la función pública, defraudación a la administración púbica, peculado, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, según supo ANÁLISIS DIGITAL. En el requerimiento de elevación a juicio, los fiscales Alejandro Cánepa y Patricia Yedro adelantaron que pedirán una pena de prisión efectiva de 8 años para el ex gobernador Sergio Urribarri, su cuñado Juan Pablo Aguilera y el ex ministro de Cultura, Pedro Báez. Ahora, deberá fijarse fecha para una audiencia frente a un juez de Garantías, en la cual los fiscales explicarán las acusaciones y se controlará la prueba. En caso que el magistrado considere justo el pedido de elevación a juicio, la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) deberá establecer una fecha para el debate oral. El expediente investiga las contrataciones a la imprenta de Aguilera por parte del Ministerio de Cultura y Comunicación para realizar publicidades en la vía pública. Es la primera causa que se eleva a juicio de las que involucra al exgobernador, su entorno familiar y publicistas ligados a Urribarri. La pesquisa fue calificada en la prensa como "la causa de la vaca", luego que se conociera que numerosas rendiciones para justificar gastos en publicidad eran fotomontajes donde se observa una vaca pastando, al costado de una ruta, según consigna ANALISIS DIGITAL

Este viernes se conoció la novedad de que la "causa de la vaca" fue elevada a juicio por el Ministerio Público Fiscal (MPF). Ahora resta que la OGA defina la fecha para que comiencen las audiencias del juicio oral y público donde Pedro Báez y Juan Pablo Aguilera deberán responder sobre las irregularidades denunciadas en el marco de contrataciones de la cartera que conducía Báez a la empresa del cuñado del exgobernador Sergio Urribarri. 

Sergio Urribarri y Pedro Báez están imputados como autores de los delitos de negociaciones incompatibles con la función pública, defraudación a la administración pública, peculado, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público. Para los fiscales, ambos “sustrajeron fondos públicos de manera constante, habitual y reiterada, direccionándolos a favor de Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri y funcionario del gobierno”.

“Para ello, otorgaron múltiples contratos de publicidad del Estado entrerriano, a favor de las empresas Next SRL y Tep SRL de Juan Pablo Aguilera, las cuales figuran inscriptas a nombre de Emiliano Giacopuzzi, Maximiliano Sena, Luciana Belén Almada -concubina de Juan Pablo Aguilera- y Alejandro Almada -quienes actúan como testaferros de Aguilera- con el único propósito de beneficiar económicamente a los mencionados”, sostuvieron Yedro y Brugo, para quienes esta mecánica fue utilizada entre 2010 y 2015 con numerosas campañas publicitarias del gobierno.

“A raíz de estos contratos, los mencionados percibieron periódicamente sumas de dinero abonadas por el Estado Provincial, para lo cual se valieron de ficticias constataciones de su ejecución”, indicaron los funcionarios judiciales y aludieron a una pericia fotográfica practicada sobre los expedientes involucrados que, según señalan, fueron firmados algunos por Báez y otros por Báez y Gustavo Tamay, empleado de la cartera también imputado en la causa en razón de su rol de responsable de las certificaciones en la vía pública.

Es conocida como “la causa de la vaca”, porque en la rendición de supuestas gigantografías colocadas a la vera de las rutas en la provincia, siempre aparece la misma vaca. En rigor, a través de una pericia los fiscales pudieron establecer que, para acreditar el cumplimiento de contratos en distintos periodos de tiempo, se presentó siempre la misma foto. Lo saliente es que la imagen del cartel publicitario que probaría el cumplimiento de distintos contratos con la imprenta, tiene la misma vaca pastando en todos los casos.

Ese ejemplo resultó más que elocuente hace poco más de un año atrás, cuando los fiscales Santiago Brugo y Patricia Yedro tuvieron que explicar en una audiencia pública, ante el juez de Garantías Humberto Franchi, por qué se negaban a un pedido de la defensa de Pedro Báez. Lo concreto que pedían los fiscales era que peritos corroboraran, a través de un análisis visual, si se utilizaron las mismas fotografías para acreditar el cumplimiento de distintas órdenes de publicidad emitidas. Pero la defensa de Báez reclamaba que los peritos, en el marco del mismo análisis, establezcan si esas fotografías se correspondían o no con el efectivo cumplimiento, en terreno, del contrato de publicidad. Eran dos cosas distintas y en ese momento, a criterio del juez, el planteo de la defensa no tenía cabida por lo cual se rechazó. Luego la pericia terminó probando que efectivamente se había utilizado la misma fotografía para acreditar el cumplimiento de distintos contratos publicitarios. 

Este expediente quedó cerrado por los fiscales, por lo cual, la causa se elevó a juicio oral. Es la primera causa que involucra a la familia Urribarri-Aguilera, a Pedro Báez y otros funcionarios en llegar a debate público por las negociaciones con el Estado entrerriano. Se trata del legajo judicial N° 31.253, caratulado “Aguilera Juan Pablo y Otros s/Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, defraudación a la Administración Pública, peculado, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionarios públicos”.

El pedido de elevación a juicio

Cuando se concrete la audiencia frente a un juez de Garantías -donde se podrá explicar las acusaciones en la causa y se controlará la prueba-, los fiscales Alejandro Cánepa y Patricia Yedro darán cuenta de la Investigación Penal Preparatoria (IPP) y contarán por qué consideran que está concluida. 

La remisión de la causa a juicio se solicitó el 1 de febrero, y en el texto se cuenta que los delitos investigados “consistieron en el direccionamiento durante 2010 a 2015, de un monto total de 24 millones 204 mil 918,69 por parte de Sergio Daniel Urribarri y Pedro Ángel Báez, en contrataciones de campaña publicitaria en la vía pública a empresas vinculadas a Juan Pablo Aguilera, quien era funcionario público provincial y familiar del ex gobernador”. 

“Las empresas TEP SRL y NEXT SRL absorbieron casi la totalidad de la publicidad en la vía pública del estado provincial, la que se otorgaba desde el Ministerio de Cultura y Comunicación a cargo de Báez de manera directa y por vía de procedimientos de excepción. También, que otras empresas vinculadas comercialmente a las referidas, como ‘J.M. Bustamante Publicidad’ y ‘Montañana Publicidad’, fueron beneficiadas con idénticos contratos y pautas publicitarias, las que -a su vez- redundaban en beneficio de las empresas de Aguilera a través de un sistema de retornos de dinero que terminaban en sus manos”, precisa el requerimiento de elevación. 

Los fiscales consideraron probado además que “existe un gran número de campañas publicitarias fictas, pues los trabajos contratados por el estado no se llevaban a cabo en las condiciones pautadas, o bien se utilizaba con fines proselitistas, pero se rendía a través de fotomontajes que pretendían acreditar su cabal cumplimiento”. 

En virtud de las evidencias, los fiscales calificaron los hechos en los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y fraude a la administración pública. Consideraron a Sergio Daniel Urribarri y Pedro Ángel Báez como “autores” de los hechos y calificaron a Juan Pablo Aguilera, Corina Elizabeth Cargnel, Jesús José María Bustamante, Hugo Fernando Montañana, y Gustavo Rubén Tamay como “partícipes primarios”; y a Luciana Belén Almada, Emiliano Giacopuzzi, Alejandro José Luis Almada y Maximiliano Romeo Sena como “partícipes secundarios”. 

“En función de la gravedad y reiteración de los hechos, se estimó provisoriamente como monto de pena a requerir en juicio para Sergio Daniel Urribarri, Pedro Ángel Báez y Juan Pablo Aguilera 8 años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación absoluta perpetua; para Corina Cargnel, Jesús José María Bustamante y Hugo Montañana, 6 años de prisión de cumplimiento efectivo; para Gustavo Tamay 6 años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación absoluta perpetua; para Luciana Belén Almada, Emiliano Giacopuzzi, Alejandro José Luis Almada y Maximiliano Rmeo Sena, 4 años de prisión de cumplimiento efectivo”, se detalló. 

Por último, se requirió al juez de Garantías que “solicite a la Cámara de Diputados el desafuero de los diputados Urribarri y Báez, para permitir su juzgamiento conforme a lo previsto en el Artículo 115 de la Constitución Provincial”. 

 
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