JUDICIALES

17 de Septiembre de 2017

Se inicia el primer juicio por agroquí­micos en Entre Rí­os

Desde este lunes, y durante toda la semana, se realizará en Concepción del Uruguay el primer juicio oral y público por la utilización de agroquí­micos en Entre Rí­os.

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No fumigar

 

Se trata de un caso con tres acusados de haber fumigado con fertilizantes a alumnos y a una maestra de la escuela 44 República Argentina, de Colonia Santa Anita, departamento Uruguay.

 

Los alumnos –entre los cuales había niños de 5, 9 y 10 años- y la directora de la escuela, Mariela Leiva, sufrieron diferentes síntomas producto del químico utilizado.

 

La causa fue elevada a juicio el pasado 4 de julio por la jueza de Garantías de Concepción del Uruguay, María Evangelina Bruzzo, y en los tribunales de Concepción del Uruguay el tribunal estará integrado por Fabián López Mora, Mariano Sebastián Martínez y Mariela Emilce Rojas de Di Pretoro, con la actuación de la fiscal Melisa Ríos.

 

Los acusados son el titular de la empresa fumigadora de Villaguay Aero Litoral SA, Erminio Bernardo Rodríguez; el titular del campo de arroz y maíz que contrató la fumigación con agrotóxicos, José Mario Honecker; y el piloto que manejaba la aeronave, César Martín Visconti.

 

Los tres están acusados por los supuestos delitos de “lesiones leves culposas y contaminación ambiental culposa” de acuerdo con el artículo 56 de la Ley 24.051 (de Residuos peligrosos) y el 89 del Código Penal, delitos que prevén una pena máxima de 3 años.

 

A Honecker se le endilga haber contratado los servicios de la firma Aero Litoral para el campo ubicado entre los kilómetros 7 y 11, de la zona rural de localidad de Santa Anita, con empleo de productos químicos calificados como residuos peligrosos por la ley nacional Nº 24.051.

 

La fiscal Melisa Ríos adelantó que en la pulverización aérea hubo un “déficit en la organización” ya que no se arbitraron “los recaudos necesarios para que la labor contratada se ajustara a la legislación vigente y no alcanzara a terceros, ocasionando perjuicios a la salud y al medio ambiente consistentes en: no limitarse en el uso de agroquímicos como era necesario por la existencia de la escuela Nº 44 República Argentina a distancia menor de 50 metros del lote sembrado; no comunicar de manera fehaciente con 48 horas de anticipación de la realización de la pulverización aérea en el lote a los pobladores lindantes, a los docentes, alumnos y progenitores o responsables de estos, y a la municipalidad adjuntando la receta agronómica”.

 

La fiscal también señaló que al momento de la aspersión del químico no había un técnico con conocimiento en la materia; y que la firma contratada para la fumigación no contaba con la habilitación correspondiente para efectuar ese tipo de trabajo.

 
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