POR LEY

14 de Septiembre de 2017

Dan media sanción al proyecto para restaurar los feriados puente

La Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto que deroga el DNU sancionado este año por Macri y que perjudicó claramente a la actividad turí­stica

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A principios de año, el Presidente de la Nación, Mauricio Macri decidió suspender por decreto los feriados puentes en el país. Esto impactó de lleno en el mercado del turismo interno, en particular en Entre Ríos, que fue uno de los distritos más afectados. A raíz de esto, luego de varios meses discusiones, se acaba de dar media sanción en la Cámara de Diputados de la Nación a un proyecto de ley para restaurar el régimen de feriados puente y así fomentar el turismo.

Casi al término de la Sesión Especial, los diputados aprobaron el texto que deroga el Decreto de Necesidad y Urgencia 52/2017 con el que Macri eliminó los feriados puente. La iniciativa tuvo 152 votos a favor y sólo uno en contra. Ahora deberá analizarlo el Senado de la Nación.

El calendario de feriados inamovibles, trasladables y días no laborables, a partir del 1º de enero de 2018, según el proyecto aprobado en la Cámara de Diputados y que espera la sanción del Senado para convertirse en ley es el siguiente:

  • Feriados Nacionales Inamovibles

Año Nuevo (1º de enero)

Lunes y Martes de Carnaval (12 y 13 de febrero)

Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (24 de marzo).

Viernes Santo (30 de marzo)

Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (2 de abril)

Día de los Trabajadores (1º de mayo)

Revolución de Mayo (25 de mayo)

Paso a la Inmortalidad del General D. Manuel Belgrano (20 de junio)

Día de la Independencia (9 de julio)

Inmaculada Concepción de María (8 de diciembre)

Navidad (25 de diciembre)

  • Feriados Nacionales Trasladables

Paso a la Inmortalidad del General Martín de Güemes (17 de junio)

Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (17 de agosto)

Día del Respeto a la Diversidad Cultural (12 de octubre)

Día de la Soberanía Nacional (20 de noviembre)

  • Días no laborables

Jueves Santo (29 de marzo)

Para quienes profesen la religión judía los días del Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), dos días, el Día del Perdón (lom Kipur), un día, y de la Pascua Judía (Pesaj) los dos primeros días y los dos últimos días.

Para quienes profesen la religión islámica, el día del Año Nuevo Musulmán (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Id Al-Fitr)  y el día de la Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha).

 

 
Asociacion Mutual Frigorifico Gualeguaychú

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