EN TODO EL PAIS

07 de Septiembre de 2017

La Justicia obliga al Gobierno Nacional a reponer todas las pensiones por discapacidad

La decisión cautelar "sin lí­mite", alcanza a todos a los que se les suspendió el beneficio y a partir de ahora no se podrán dejar sin efecto jubilaciones no contributivas

Redes Sociales

 

Un primer fallo judicial con alcance nacional ordenó al Gobierno Nacional restituir todas las pensiones por discapacidad que suspendió, y a abstenerse de dejar sin efecto el beneficio a futuro, hasta tanto se decida la legalidad de la cuestionada medida oficial. La disposición que había sido adoptada por el Ministerio de Desarrollo Social conducido por Carolina Stanley, ya había sufrido una contramarcha luego de calibrar el impacto político que había causado, aunque las pensiones no contributivas dadas de baja no habían sido repuestas en su totalidad como obligó ahora la jueza Adriana Cammarata, del fuero de la Seguridad Social.

La medida cautelar dictada este miércoles derribó los argumentos gubernamentales y sucedió lo que más temía Stanley: que la reclamación de un beneficiario se trasformara en una demanda colectiva con parada final en la Corte Suprema, en un camino idéntico al que recorrió el tarifazo del gas.

El Ejecutivo apelará a la Cámara Federal de la Seguridad Social con el objetivo de lograr que la cautelar pierda vigencia en ese camino a la Corte. Pero se trata de un camino espinoso de acuerdo a lo argumentado en la decisión de la jueza Cammarata.

Según datos oficiales, unas 53.600 pensiones no contributivas fueron dadas de baja entre el 1º de enero y el 30 de junio, lo que representa un piso de costo de 235 millones por mes. Esa cifra puede multiplicarse exponencialmente si se le agregan las bajas efectuadas desde agosto de 2016, y las que fueron dispuestas a partir de julio pasado. Tras el impacto que generó la medid, se repusieron unas 23 mil pensiones, que no habían sido reemplazadas por el plan oficial de pensión de adulto mayor o por muerte del beneficiario.

El fallo de Cammarata fue taxativo para delimitar el colectivo a quien alcanzó la cautelar y admitió el pedido de la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), circunscribió la acción de clase a los beneficiarios de la pensión no contributiva por invalidez (madres con más de 7 hijos y por vejez no quedaron incluidos) y puso de relieve la "comisión de errores", admitida por los funcionarios del área ante las primeras quejas por la suspensión del subsidio. La jueza aclaró que la cautelar no tiene límite temporal.

El restablecimiento inmediato del pago a personas con discapacidad residentes en todo el país, cuya quita no estuviera fundada en una resolución administrativa, se extenderá hasta que haya una decisión final. Pero la magistrada fue más allá y sentenció que "en los casos en que aún no se hubiera interrumpido el pago de haberes previsionales, se suspendan los efectos del acto administrativo de alcance particular o general que se hubiere emitido para así decidir", y que "se ordene continuar de manera ininterrumpida con los depósitos" hasta tanto exista un fallo sobre el fondo de la cuestión.

 
Haimovichvw - amarok

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