LUZ Y JUSTICIA

18 de Junio de 2016

La Justicia define sobre el tarifazo de la luz

En febrero el EPRE hizo un ajuste del 137 % pero la Cámara en lo Contencioso Administrativo lo consideró nulo y lo redujo al 19,8%

Redes Sociales

 

En las últimas horas el Gobierno de Entre Ríos apeló un fallo de la Sala en lo Contencioso Administrativo que, con el voto del vocal Marcelo Baridón, obligó al Ejecutivo a recalcular los aumentos dispuestos en la tarifa eléctrica y limitarlo al 19,8 por ciento, porcentaje que se había aprobado en la última audiencia pública convocada por el EPRE el 1º de marzo de 2014 en Villaguay. Esa suba de la tarifa, sin embargo, después quedó congelada durante 2014 y 2015 merced a un acuerdo entre la provincia y Nación. La Resolución 67/14 del EPRE que fijaba ese 19,8 por ciento de incremento quedó en suspenso hasta inicios de 2016.

Tras los aumentos dispuestos este año, el EPRE en lugar de aplicar ese 19,8 por ciento ajusto la tarifa electrica en un 137 por ciento, por lo que la empresa de producción porcina Bioder S.A. presentó un Recurso de Amparo dando origen al expediente judicial 423, "Bioder S.A. c/ Cooperativa de Servicios Públicos Quebracho Limitada y Entre Provincial Regulador de la Energía (EPRE) s/ Acción de Amparo". El vocal de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, Marcelo Baridón, hizo lugar al Amparo interpuesto por la empresa, ordenándole al Estado provincial recalcular las facturas de energía eléctrica con un ajuste máximo del 19,8 por ciento.

En 2016, el EPRE no sólo habilitó el incremento aprobado en 2014 del 19,8 por ciento sino que agregó varios aumentos adicionales a través de dos resoluciones.

La primera de ellas, es la 150/15, por la que determinó un aumento del 37 por ciento por inflación y, además dictó la Resolución 12/16 que determinó dos ajustes más: un 23,2 por ciento por la variación del valor agregado de distribución (VAD) y otro 57 por ciento por la suba de precios mayoristas en el mercado eléctrico.

De ese modo, sobre la tarifa vigente a diciembre de 2015, el EPRE ajustó el 137 por ciento.

El fallo judicial concluyó que ese aumento, así, como se puso en vigencia, violó la legislación al haber pasado por alto la convocatoria a audiencia pública. En los fundamentos de la sentencia delmagistrado Baridon se sostiene que “debido a que al diseño constitucional entrerriano, y fundamentalmente a partir de la incorporación de los tratados internacionales de Derechos Humanos, que en Entre Ríos son operativos, la matriz constitucional local auspicia la participación comunitaria en una enorme cantidad de campos e institutos. En esa línea se inscribe la audiencia pública, dispositivo que permite la transparencia del cuadro tarifario, subrayó la sentencia, para considerar que como dicho mecanismo no se puso en marcha para disponer el último aumento, ese incremento es nulo”.

Un día después de conocido el fallo de este jueves del camarista Baridón, el gobierno de Gustavo Bordet apeló el mismo ante la Sala de Procedimientos Constitucionales del Superior Tribunal de Justicia (STJ).  El caso judicial, está circunscripto al planteo que hizo Bioder S.A. ante la Cooperativa Eléctrica Quebracho de Viale.

FUENTES APF DIGITAL / ANALISIS DIGITAL

 
Asociacion Mutual Frigorifico Gualeguaychú

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