DISCRIMINACIÓN

04 de Mayo de 2016

Es ley la prevención del bullying en Entre Rí­os

Se trata de la norma que busca prevenir el bullying escolar, que fue largamente analizada por la Legislatura y sancionada por el Senado entrerriano. La autoridad de aplicación será el ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones.

Redes Sociales

 

La ley que tiene como fin “establecer políticas públicas para prevenir, reconocer y abordar la conflictividad social en el ámbito escolar, instituyendo las bases para la promoción, la intervención institucional, la recopilación de experiencias sobre la convivencia y la resolución pacífica de conflictos en las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades del sistema educativo dependiente del Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones de la Provincia de Entre Ríos” fue promulgada el 15 de abril bajo el número 10.416, y publicada el 27 de ese mes en el Boletín Oficial.

 

Se trata de la norma que busca prevenir el bullying escolar, que fue largamente analizada por la Legislatura y sancionada por el Senado entrerriano el 31 de marzo. El proyecto original fue presentado en 2014 por el entonces senador del departamento Gualeguaychú, Natalio Gerdau y recibió media sanción en abril de ese año. En junio de 2015 la Cámara de Diputados lo devolvió con modificaciones y finalmente este año fue convertido en ley.

 

La autoridad de aplicación será “el ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones a través del Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos”.

 

Según la ley, se deberá orientar la educación hacia “criterios que eviten la discriminación”, al tiempo que se fomente la “cultura de la paz y la ausencia de maltrato físico o psicológico”.

 

Se establecen una serie de propuestas para que el Consejo General de Educación profundice la elaboración y revisión de las normas sobre convivencia en las instituciones educativas para todos los niveles y modalidades de la enseñanza, con los lineamientos contenidos en la ley.

 

También deberá entender en la regulación las sanciones a ser aplicadas a los niños, adolescentes y jóvenes, en caso de transgresión, considerando el paradigma no punitivo y siguiendo las siguientes pautas: “a) Deben tener un carácter educativo, enmarcándose en un proceso que posibilite al niño, adolescente o joven, asumir responsabilidades progresivamente teniendo en cuenta la perspectiva de los derechos y deberes, según las características de los diferentes niveles y modalidades. b) Deben ser graduales y sostener una proporcionalidad en relación con la transgresión cometida. c) Deben aplicarse contemplando el contexto de las transgresiones en las circunstancias en que acontecen, según los diferentes actores, las situaciones previas y otros factores que inciden en las mismas, manteniendo la igualdad ante las normas. d) Deben definirse garantizando el derecho del niño, adolescente o joven, a ser escuchado y a formular su descargo”.

 

Además, la norma dispone que “queda expresamente prohibida cualquier norma o medida que atente contra el derecho a la participación de los docentes, niños, adolescentes, jóvenes y sus familias, en la vida educativa institucional”, así como “las sanciones que atenten contra el derecho a la educación o que impidan la continuidad de los niños, adolescentes o jóvenes en el sistema educativo”.

 

Por último, entre otros varios puntos, el Consejo General de Educación deberá elaborar un informe anual de carácter público en base a los resultados de las investigaciones sobre convivencia y conflictividad en las instituciones educativas y las acciones llevadas a cabo en el marco de la ley con el objetivo de evaluar el estado de situación para el desarrollo y orientación de las políticas educativas.

 

 

* Qué es el bullyng?

 

 

Se conoce como bullying al hostigamiento escolar entre alumnos, referido a cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado.

El término es relativamente nuevo, pero el problema es antiquísimo, aunque en la actualidad se ve potenciado por la violencia que se aloja en el cuerpo social y tiene sus manifestaciones, frecuentes y tremendas, en el universo escolar. Cualquier ex alumno de cualquier escuela de Paraná, seguramente recordará una cara o un nombre cuando se emite la frase hostigamiento escolar. Ya sea de víctimas o victimarios. Y el drama persiste y avanza, muchas veces, sin intervención alguna de los mayores responsables, a no ser que el afectado pueda hablar, tome una decisión más drástica o algunas de esas actitudes de acoso concluyan en un mal mayor.

 

Fuente: RecintoNet

 
Asociacion Mutual Frigorifico Gualeguaychú

Gracias por tu interés en breve te estaremos llamando!

¿Estás interesado en anunciar en MaximaOnline?

Déjanos tus datos y un responsable del área comercial te estará contactando a la brevedad!
Completa tu Nombre!
Completa tu Numero de telefono!
Completa tu Email!

Estamos en Facebook danos un me gusta!